HOGAR ESTUDIANTIL
REGLAMENTO PROVISORIO

eL Hogar Estudiantil (H.E.) será usufructuado por hijos de afiliados del interior que tengan su domicilio estable en lugar de origen y deban trasladarse a Montevideo para cursar estudios en instituciones públicas (Universidad, UTU, IPA, etc.) y que no se dicten en su lugar de residencia (salvo situaciones debidamente fundamentadas).
El beneficio tampoco contempla a otros familiares del afiliado (hermanos, sobrinos, nietos, etc.)

ADMINISTRACIÓN

La administración y supervisión estará a cargo de la Comisión de Hogar Estudiantil en coordinación con el Comité Ejecutivo. La primera AGD de 2007 revisará este borrador y periódicamente será informada de la marcha del hogar Estudiantil.
Ésta Comisión tendrá a su cargo la administración y organización procurando el buen funcionamiento y la conservación de su infraestructura.
También se encargará de los trámites y procedimientos para conceder el beneficio y de la supervisión de la convivencia.
Además está facultada para suspender la residencia de aquel beneficiario que no cumpla con el objetivo y reglamento de convivencia del H.E.
Cualquier otra situación no prevista en este borrador de reglamento será resuelta por el Comité Ejecutivo en consulta con la Comisión de H.E.


LISTA DE ASPIRANTES

Cada filial presentará la respectiva lista de aspirantes entre quienes cumplen las condiciones especificadas en el presente reglamento según fechas, plazos y cupos establecidos cada año por la Comisión de hogar Estudiantil.
Es condición que todos los afiliados tengan oportunidad de conocer el llamado por lo que este debe ser efectuado y comunicado a todas las filiales con por lo menos quince (15) días de anticipación a su vencimiento.
La lista de aspirantes que elevará en tiempo y forma debe contener los datos personales del afiliado y del aspirante, así como toda la documentación solicitada que justifique la solicitud del alojamiento.
El trabajo responsable y con óptica sindical de la filial en la confección de esta lista es fundamental, para que el beneficie llegue a aquellos compañeros que nutren nuestro sindicato con su esfuerzo.

Si la capacidad locativa es superada por el número de aspirantes, será necesario proceder a una selección y a la conformación de una lista de espera. Para ello se tendrán en cuenta las situaciones socioeconómicas, sindicales y de estudio.

Esta misma relación determinará que el plazo del beneficio sea por un año con opción a otro o más.

Procedimientos para la selección de beneficiarios.

El plazo para la presentación de la lista de aspirantes será fijado cada año por la Comisión de HE con aprobación del Ejecutivo y será comunicado a las filiales por lo menos con quince (15) días de anticipación.
Cada filial deberá abrir un período de inscripciones previamente publicitado, especificando las condiciones del alojamiento y los requisitos necesarios que deben reunir los postulantes.
Antes de transcurridos 10 días como máximo de la fecha fijada para recepcionar las listas de aspirantes de las filiales, la Comisión de HE procederá a la selección de los candidatos, teniendo en cuenta los cupos disponibles, y aplicando los siguientes criterios:
• dar alojamiento a aspirantes de la mayor cantidad de departamentos y filiales posibles.
• tener en cuenta la situación socioeconómica del hogar del aspirante.
• la antigüedad del afiliado.
• en caso de empate o duda se tendrán en cuenta otros elementos como: escolaridad presentada por el aspirante, distancia entre el domicilio y Montevideo. etc.

La comisión de H.E. comunicará a las filiales cuales becarios han sido admitidos, teniendo la filial un plazo de 5 días para comunicar si se confirma o renuncia al alojamiento.
El interesado deberá comunicar a la Comisión fecha y hora en la cual se efectuará su hospedaje.
En el caso de renuncias formales o tácitas, la comisión de H.E recurrirá a la lista de suplentes de aspirantes consultado si desean hacer uso de la beca.
Los becarios serán alojados en dormitorios colectivos (personas del mismo sexo) debiendo compartir de forma equitativa el mobiliario y equipamiento disponibles.
El alojamiento e instalación de los becarios quedará a cargo de la Comisión de H E y por su delegación en el funcionario. Estos tienen la potestad de variar la ubicación de los mismos redistribuyendo los lugares de acuerdo a las necesidades.
Deben proveerse de su propia ropa de cama (sábanas y frazadas) así como los utensilios y artículos de uso personal.
Los huéspedes deben tener conocimiento previo del reglamento de convivencia comprometiéndose a observar las normas allí establecidas y a participar en reuniones o acuerdos periódicos (de carácter obligatorio) acatando sus resoluciones.
El afiliado deberá responsabilizarse por la conducta del becario haciéndose cargo de los daños o deterioros que hubiese ocasionado, comprometiéndose a retirarlo del hogar si no cumple con las normas de convivencia establecidas o si no cumple con el objetivo o actividad esgrimida por la cual solicitó alojamiento. En tal caso la Comisión de H E deberá notificar a la filial pertinente el motivo por el cual el becario fue sancionado. y esta ultima deberá hacerse cargo de los daños si el afiliado no responde por los mismos.


DE LOS COSTOS
Los gastos de alojamiento de cada beneficiario se descontarán por planilla del salario del afiliado.
Dependiendo de las posibilidades de financiamiento que tiene el sindicato, y las campañas financieras especificas que se instrumenten se subsidiaria el costo a cada beneficiario de forma que en principio será de 3 UR, que podrá bajar cuando se consiga el financiamiento.
Además, según las condiciones socioeconómicas del núcleo familiar se podrán otorgar becas parciales o totales.

LA CONVIVENCIA EN EL HOGAR ESTUDIANTIL.

Debe tenerse en cuenta por parte de los becarios que es fundamental asegurar una armónica convivencia para lograr un ambiente de trabajo, cordialidad, solidaridad y respeto mutuo en el hogar.
Los usuarios deberán autorregular sus acciones y las de sus compañeros reclamando, sean cumplidos estos objetivos.
Ante la Comisión de HE siempre tendrán prioridad en sus demandas quienes argumenten a favor del estudio y del necesario descanso.

1- Debe hacerse un uso racional de todas las instalaciones, aparatos, mobiliario, utensilios y equipamiento empleando cada uno de ellos para los fines específicos que corresponda, dejándolos una vez utilizados sano y limpios listos para que otro becario pueda utilizarlo.
2- A fin de preservar la casa y el mobiliario, evitando deterioros, no debe pegarse ni clavar objetos en paredes, puertas o vidrios, etc. Toda necesidad o solución a posibles incomodidades debe canalizarse en conjunto de acuerdo a los medios de que disponga la comisión de HE.
3- Quien detecte deterioro o roturas de cualquier índole debe reportar de inmediato a la comisión de HE a fin de solucionar las mismas con la urgencia del caso a fin de evitar daños mayores.
4- A fin de preservar la instalación eléctrica y no consumir energía desordenadamente no se permitiré el uso de estufas y calentadores eléctricos (planchas, secadores de pelo u otros deberán usarse racionalmente). En el caso de necesidad de calefacción se buscará en forma conjunta la solución.
5- Debe procurarse tener la mayor cantidad de luces apagadas, encendiendo aquellas que realmente se necesiten. De noche puede dejarse una luz encendida por piso, en algún pasillo o baño para guía para quienes se vean obligados a realizar desplazamientos nocturnos. En los dormitorios deberán hacer un uso racional de la iluminación.
6- Audio. Los radios y aparatos musicales son de audición privada y personal no debiendo molestar a quienes estudien o descansen. Las necesidades musicales o informativas deben canalizarse mediante auriculares.
7- El uso de televisores y computadoras será objeto de los acuerdos de convivencia.
8- Los eventuales festejos o reuniones sociales entre los residentes deben acordarse previamente con el encargado del lugar y lograr una aceptación mayoritaria de los residentes.
9- La puerta principal debe permanecer cerrada con llave a cualquier hora del día o la noche. A cada residente se le entregará una llave que debe devolver al término de su estadía definitiva, siendo ésta de uso exclusivo, intransferible, las copias están prohibidas. Nadie debe tener llave sin autorización ni conocimiento de la administración.
10- Puertas y ventanas que dan al exterior deben mantenerse cerradas cuando ninguna persona se encuentre en la habitación.
11- Quien atienda la puerta no debe franquearle el paso a personas que no conozca. Se dará aviso a la persona que corresponda, dejando al visitante en la puerta, cerrada, siendo atendido por la persona requerida.
12- Pueden recibirse visitas de 10 a 21 horas, en el living y en la sala de estudio pero de ningún modo en los cuartos. El visitante no podrá permanecer más de 2 horas en el hogar (abarca familiares, novios, amigos). Éstos no podrán hacer usufructo de las instalaciones ni ocasionar gastos al hogar.
13- Higiene de los dormitorios. La limpieza, orden, mantenimiento e higiene de los dormitorios es responsabilidad de sus ocupantes, estando obligados a preservar correctamente mobiliario e infraestructura.
14- Baños: deben mantenerse aseados. Quien los usa debe dejarlos bien seco y en orden, en correctas condiciones higiénicas, pronto para ser usado nuevamente. El agua caliente es exclusivamente para la higiene corporal de las personas, no se le puede dar otra utilidad.
15- Cocina y comedor: deben estar siempre ordenados, secos y limpios. Quien cocine debe higienizar y secar inmediatamente los utensilios y aparatos utilizados (propios y ajenos).
16- Heladeras: debe hacerse un uso racional de las mismas y proporcional a la cantidad de huéspedes que las utilicen. No debe monopolizarse espacios ni dejar alimentos en mal estado u olvidados por lapsos prolongados.
17- Lavado de ropa: cada residente hará uso del lavarropas una o dos veces a la semana acordando el día correspondiente con los demás, para regular el uso adecuado del mismo.
18- Las tareas de limpieza y mantenimiento general del he serán acordadas en las reuniones de convivencia.