Reglamento
- La recepción de solicitudes con el formulario correspondiente se deberán
realizar antes del 15 de cada mes.
- Con el formulario de solicitud de préstamo se debe adjuntar último
recibo de sueldo.
- El tope de los montos a prestar es el siguiente:
• hasta un 50% del sueldo nominal
correspondiente al mes en curso, incluidos los beneficios sociales.
• en caso de paros o huelgas, el tope de los préstamos será del 90% de lo
descontado en el último cobro.
- La devolución del préstamo al sindicato se hará en un máximo de 6
cuotas.
- Las cuotas de devolución serán ajustadas cada vez que haya
modificaciones en los salarios docentes en forma proporcional a los
aumentos, no cobrándose intereses.
- No se renovarán los préstamos hasta pasados 180 días de la cancelación.
- Los pedidos serán resueltos por la Comisión dentro de los siete días
hábiles siguientes al plazo de presentación de formularios.
- Las solicitudes deberán contar con el aval de la filial de FENAPES o de
compañeros del núcleo liceal.